· Título I. Disposiciones generales
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Art. 1. Denominación y naturaleza
La Fundación Mundubat-Mundubat Fundazioa es una organización privada de naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro, cuyo patrimonio está afectado de forma duradera, por voluntad de sus creadores, a la realización de los fines de interés general  que se detallan en el artículo 6 de estos estatutos.
La Fundación tiene su origen en la Asociación Paz y Tercer Mundo – Hirugarren Mundua ta Bakea.
La Fundación es una Organización No Gubernamental aconfesional, ideológicamente plural en su composición, con vocación de ser paritaria en Género, y carente de dependencia o vinculación de cualquier tipo con partidos, sindicatos, iglesias u otras organizaciones políticas o religiosas.
La Fundación tiene vocación de permanencia. No obstante, si en algún momento los fines propios de la  Fundación pudieran estimarse cumplidos o devinieran de imposible cumplimiento, el  Patronato podrá acordar la fusión o extinción, conforme a lo previsto en los presentes Estatutos.
 
Art. 2.- Personalidad y capacidad
La Fundación está inscrita en el Registro de Fundaciones y tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.
 
Art. 3.- Régimen
La Fundación se regirá por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, así como por sus normas de desarrollo y las demás disposiciones legales vigentes; por la voluntad del Fundador manifestada en la escritura fundacional, por  estos Estatutos y por las normas y disposiciones que, en interpretación y desarrollo de los mismos, establezca el Patronato.
 
Art. 4.- Nacionalidad y domicilio
La Fundación tiene nacionalidad española. El domicilio de la Fundación radicará en la calle Sombrerería, nº 2 – 3º de Bilbao, Provincia de Bizkaia y C.P. 48005. El Patronato podrá promover el cambio de domicilio, mediante la oportuna modificación estatutaria, con inmediata comunicación al Protectorado, en la forma prevista en la legislación vigente. Podrá disponer también de otras sedes, locales o representaciones en el territorio de la Unión Europea o en cualquier estado tercero en que desarrolle sus actividades. Así mismo, según lo requiera el cumplimiento de sus fines, podrá solicitar el reconocimiento de su personalidad jurídica en aquellos países donde sea necesario.
 
Art. 5.- Ámbito de actuación
La Fundación desarrollará sus actividades en todo el territorio del Estado. Sin perjuicio de que en cumplimiento de su fines pueda desarrollar sus actividades en cualquier país del tercer mundo o en vías de desarrollo.
 
Fundación Mundubat. Sombrerería, 2-3º 48005 BILBAO.
Tel.: (+34) 944 162 325 Fax: 944 794 248 emintegi@mundubat.org